Código Penal Art. 472: “Son
reos del delito de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente para
cualquiera de los fines siguientes: 1.º Derogar, suspender o modificar total o
parcialmente la Constitución 5.º Declarar la independencia de una parte del
territorio nacional 7.º Sustraer cualquier clase de fuerza armada a la
obediencia del Gobierno”.

Un Tribunal Supremo,
dependiente del poder político, ha tomado una decisión a sabiendas de que es
injusta, pues su obligación es la de aplicar las leyes, y no, en pos de una
pretendida unanimidad, conseguida mediante la cesión de los jueces justos ante
los golfos y los sectarios, aplicar delito de sedición cuando es claro delito
de rebelión.

Al final, justos, golfos y
sectarios, consiguen lo mismo con esta sentencia, devolverles el favor que les
hicieron al ponerlos donde están a los políticos, y de paso, hacer méritos para
su futura promoción en su carrera profesional.

Sin Justicia independiente no
hay democracia, y hoy se ha visto en toda su crudeza cómo está nuestra
Justicia.

Condenar a Oriol Junqueras
por el golpe del 1-O a 13 años de prisión, condenar a 12 años de prisión a
Romeva, Turull y Bassa, condenar a 11 años de prisión a Forcadell, condenar a
10 años de prisión a Sánchez y a Cuixart, parece una broma. Y más broma
todavía, si tenemos en cuenta que los condenados podrán obtener el tercer
grado, aunque no hayan cumplido la mitad de su pena.

No obstante, siempre queda
abierta la posibilidad de que el que necesite los votos de los partidos de los
rebeldes para llegar a La Moncloa se saque de la manga un indulto. Y Sánchez,
si le hiciesen falta esos votos, desde su amoralidad lo haría sin pestañear.

Un comentario en «Enjuague político de un Tribunal dependiente.»

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