Manos
Limpias denuncio el pasado 15 de julio a Pilar Goya, mujer de
Rubalcaba, por presunto tráfico de influencias. Según el
denunciante, compatibilizar el puesto de investigadora principal en
el Instituto de Química Médica (IQM), con el de investigadora e
inventora en el laboratorio privado, Doctor Esteve, una empresa que
recibe innumerables subvenciones de los ministerios de Industria,
Economía y Educación, podría ser constitutivo de delito.
Pilar
Goya es funcionaria desde 1987 en el Instituto de Química Médica,
instituto ligado al Centro Superior de Investigaciones Científicas
(CSIC), esta señora compagina su actividad pública con
colaboraciones privadas en el laboratorio, apareciendo en el Boletín
Oficial de Patentes y Marcas de la UE, India, Canadá y Estados
Unidos, como investigadora e inventora de Doctor Esteve S.A. Según
Manos Limpias, existen pruebas de que Pilar Goya se encuentra en
nómina de dicha empresa. Curiosamente, Goya no es la única
investigadora del IQM que cae en esa supuesta incompatibilidad.
No
hay que ser demasiado espabilado para pensar, que en el caso de que
esta señora o alguno de sus compañeros que están en su misma
situación, como fruto de sus investigaciones, realizaran un
descubrimiento científico, les sería mucho mas rentable canalizarlo
a través del laboratorio privado en el que trabajan, y no por su
instituto oficial, independientemente que los medios para conseguir
el hallazgo hayan sido públicos. Tras conocer el caso, pienso que la
incompatibilidad de las dos funciones realizadas es claramente
manifiesta.
La
denuncia también sugiere, que la mediación de Pilar Goya, ha
permitido que Laboratorios Esteve S.A. reciba un número inusual de
subvenciones de los ministerios de Industria y Turismo, Economía y
Competitividad, y Educación y Ciencia. Unas subvenciones, que por
cierto, no han cesado a pesar de que la compañía se encuentra
inmersa en un ERE, incumpliendo así la legislación vigente (BOE
18/3/2013). El denunciante concluye, que los vínculos de la esposa
de Rubalcaba con este laboratorio, podrían ser constitutivos de
delito de tráfico de influencias (Art. 428 del Código Penal).
Como
vemos, el tráfico de influencias no entiende de siglas, si hace unos
días fue el marido de Cospedal, ahora ha sido la esposa de
Rubalcaba.