Incumpliendo las sentencias
del Tribunal Constitucional, los partidos separatistas catalanes dan el primer
paso en su Parlamento autonómico para declarar la independencia de forma
unilateral.

Este es el texto aprobado
por ERC, CDC (PDC) y las CUP: 

1. Actualmente, no hay
ningún margen de acción para el reconocimiento del derecho a decidir del pueblo
catalán dentro del marco jurídico constitucional y legal español. La única
manera posible de ejercer este derecho es por la vía de la desconexión y la activación
de un proceso constituyente propio.

2. El pueblo de Cataluña
tiene la legitimidad para comenzar un proceso constituyente propio,
democrático, de base ciudadana, transversal, participativo y vinculante, con el
reconocimiento, el apoyo y el aval de las instituciones catalanas.

3. Las experiencias
comparadas de otros países avalan el camino emprendido por Cataluña para ir
construyendo un modelo singular de proceso constituyente, dadas las
circunstancias sociales, culturales, políticas y económicas que nos son
propias.

4. Hay que velar por que el
marco metodológico del proceso constituyente sea consensuado, público,
transparente y compartido con toda la sociedad y con las instituciones que la
avalan. El proceso constituyente debe tener la capacidad de acomodar todas las
sensibilidades ideológicas y sociales desde el primer momento, también a la
hora de fijar los indicadores, el calendario y todas las demás cuestiones que
afecten el método empleado para hacer avanzar el proceso.

5. El proceso constituyente
debe constar de tres fases: una primera fase de proceso participativo, una
segunda fase de desconexión con el Estado español y convocatoria de elecciones
constituyentes para formar una asamblea constituyente, que deberá redactar un
proyecto de Constitución, y una tercera fase para la ratificación popular de la
constitución mediante referéndum.

6. El proceso participativo
previo debe tener como órgano principal un Foro Social Constituyente formado
por representantes de la sociedad civil organizada y de los partidos políticos.
El Foro Social Constituyente debe debatir y formular un conjunto de preguntas
sobre contenidos concretos de la futura Constitución, que deberán ser resueltas
por la ciudadanía mediante un proceso de participación ciudadana. El resultado
de esta participación ciudadana constituirá un mandato vinculante para los
integrantes de la asamblea constituyente, que los deberán incorporar al texto
del proyecto de constitución.

7. Después de la fase de
participación ciudadana, se completará la desconexión con la legalidad del
Estado español por medio de la aprobación de las leyes de desconexión por parte
del Parlamento de Cataluña y de un mecanismo unilateral de ejercicio
democrático que servirá para activar la convocatoria de la Asamblea Constituyente.
Las leyes de línea, no son susceptibles de control, suspensión o impugnación
por parte de ningún otro poder, juzgado o tribunal.

8. El Parlament de
Catalunya ampara el proceso constituyente que se debe llevar a cabo en
Cataluña. A tal efecto, el Parlament insta al Govern a poner a disposición de
la ciudadanía los recursos que sean necesarios para lograr un debate
constituyente de base social, transversal, plural, democrático y abierto. Con
este objetivo, el Parlamento de Cataluña tendrá que crear una comisión de
seguimiento del proceso constituyente.

9. La Asamblea
Constituyente, una vez convocada, elegida y constituida, dispondrá de plenos
poderes. Las decisiones de esta asamblea serán de cumplimiento obligatorio para
el resto de poderes públicos y para todas las personas físicas y jurídicas.
Ninguna de las decisiones de la asamblea no será tampoco susceptible de
control, suspensión o impugnación por ningún otro poder, juzgado o tribunal. La
Asamblea Constituyente deberá establecer mecanismos para garantizar la
participación directa, activa y democrática de las personas y de la sociedad
civil organizada en el proceso de discusión y elaboración de propuestas para el
proyecto de constitución.

10. Una vez la Asamblea
Constituyente habrá aprobado el proyecto de Constitución, deberá convocar un
referéndum constitucional para que el pueblo de Cataluña apruebe o rechace de
una manera pacífica y democrática el texto de la nueva Constitución.

11. El proceso
constituyente debe incorporar desde el inicio la perspectiva de género, de una
manera transversal y con una estrategia dual, con el objetivo de romper las
inercias históricas de nuestra sociedad y hacer un proceso constituyente que lo
sea también para todas las personas.

Pues bien, ante la gravedad
de lo ocurrido, el Gobierno en funciones ha declarado, que lo único que va a
hacer es tomar la “heroica decisión” de recurrir lo aprobado ante el Tribunal
Constitucional. Rajoy se ha puesto en contacto con Pedro Sánchez y Albert
Rivera, quienes le han mostrado su total apoyo en su “contundente respuesta”.

Resulta vergonzoso que
traten de camuflar su incapacidad llevando a cabo acciones inútiles, pues si
quienes gobiernan Cataluña llevan años incumpliendo las sentencias del TC,
recurrir ahora a un tribunal cuyas sentencias se pasan los sediciosos “por sus
partes”, es tomarnos el pelo a todos los ciudadanos españoles.

Hace ya mucho tiempo que se
tuvo que aplicar el Art. 155 de nuestra Constitución y suspender la Autonomía
de Cataluña, simplemente no se ha hecho por la falta de valentía de nuestros
gobernantes, quienes han sido incapaces de cumplir y hacer cumplir las leyes.

Malos tiempos nos esperan,
pues quien nos gobierna y quienes tienen la posibilidad de hacerlo, parecen
incapaces de salvaguardar la unidad de la Nación Española, nuestra casa común,
nuestro país, nuestra patria.

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