El Ministro del Interior, en
relación a la publicación del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, parece
haber olvidado que las normas legales tienen un rango jerarquizado y que por
mucho que esté vigente el Estado de Alarma, no se pueden anular, pues no es
restringir, es bloquear de forma total, determinados derechos y libertades de
los ciudadanos.
Y no hago sólo referencia a
esa anulación, que no restricción, sino además, a la forma en la que parece que
están dictadas por el estamento Militar y para tiempos de Guerra, sirviendo de
ejemplo, las instrucciones dadas a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado,
sobre denuncias por infracciones del mencionado R. Decreto, utilizando un tono
que ya me gustaría fuera el aplicable a sediciosos y separatistas, con cuyo
apoyo gobiernan.
Olvida el Sr. Ministro, que
se dirige a ciudadanos libres que, por supuesto han de acatar el confinamiento,
en aras al bien común, pero ni somos delincuentes, ni nuestros domicilios son
centros penitenciarios. Pero es que incluso, al más malvado, contumaz y
sanguinario de los delincuentes, amén de instruirlo en el acto del contenido
del art 520 LEC, se le nombra Letrado que le defienda y se miran con lupa todas
las garantías jurídicas que le amparan.
Por cierto, el Consejo
General de la Abogacía y la propia Abogacía del Estado, han manifestado sus
dudas sobre la legalidad de esas sanciones, anunciadas a bombo y platillo, y
que dicen que pueden llegar incluso a la barbaridad de los 600.000 euros.
Pero hay muchos más derechos
que se están vulnerando, y tenga usted presente que, si a instancias del
Defensor del Pueblo se promoviese su inconstitucionalidad, o se interpusieran
recursos de amparo por vulneración de derechos fundamentales, el follón podría
ser mayúsculo, pues podría haber colapso judicial.
Hay que tener en cuenta que,
las decisiones cuya idoneidad formal se cuestiona son aquellas que obligan a
millones de ciudadanos de este país a permanecer confinados en casa sin poder
desarrollar normalmente su actividad laboral, pero dejando casi intactas sus
obligaciones fiscales.
